Artículo 145. R.D. de 22 Agosto de 1885, Código Comercio

Normativa
Real Decreto de 22 de Agosto de 1885, del Código de Comercio

Artículo 145




    En la escritura social de la Compañía en comandita constarán las mismas circunstancias que en la colectiva.


Legislación



- Art. 125 RD 22/08/1885. Código de Comercio.

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