Artículo 19. Real Decreto 1497/2003, de 28 de noviembre, Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones

Normativa
Real Decreto 1497/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones

Artículo 19. Plazo de presentación de la solicitud.



Redacción válida hasta 30-11-2015, según Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones.

    El representante o representantes de la federación, confederación y unión de asociaciones, o de la entidad asociativa que pertenezca a una entidad internacional, en el  plazo de un mes desde que se haya  adoptado el acuerdo, en la  forma que se haya establecido estatutariamente, de  incorporación o separación de una o varias asociaciones a la  entidad federativa, o de su pertenencia a entidad internacional, dirigirá la solicitud de inscripción o  separación al Registro Nacional de Asociaciones.

Legislación



Art. 56 RD 949/2015. Plazo de presentación de la solicitud.

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