Artículo 32. Real Decreto 1497/2003, de 28 de noviembre, Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones

Normativa
Real Decreto 1497/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones

Artículo 32. Consulta del fichero de denominaciones del  Registro Nacional de Asociaciones.



Redacción válida hasta 30-11-2015, según Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones.

    El fichero de denominaciones del Registro Nacional de Asociaciones será público y podrá consultarse por los   ciudadanos interesados y por los restantes registros, en la forma establecida en este reglamento.

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