Artículo 5. Real Decreto 1497/2003, de 28 de noviembre, Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones

Normativa
Real Decreto 1497/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones

Artículo 5. Iniciativa de inscripción.



Redacción válida hasta 30-11-2015, según Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones.

    La solicitud de inscripción de la constitución de la asociación deberá realizarse al menos por uno de sus promotores.

Legislación



Art. 42 RD 949/2015. Iniciativa de inscripción.

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