Artículo 423. Forma de convocatoria.
Redacción válida hasta la entrada en vigor de la Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial. 1. La convocatoria de la asamblea general se hará en forma que asegure su conocimiento por los obligacionistas. 2. Cuando la asamblea haya de tratar o resolver asuntos relativos a la modificación de las condiciones del préstamo u otros de trascendencia análoga, a juicio del comisario, deberá ser convocada en la forma establecida en esta ley para la junta general de accionistas. Ver redacción artículo 299 SA antiguo RD Legislativo 1564/1989.Legislación
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