ACTUALIZACIÓN DE LAS APORTACIONES COOPERATIVAS
Al igual que ocurre con las sociedades de derecho común, el balance de las cooperativas podrá ser actualizado, mediante acuerdo de la Asamblea General, sin perjuicio de lo establecido en la Ley 27/1999 General de Cooperativas sobre el destino de la plusvalía resultante de la actualización. Cuando se cumplan los requisitos exigidos por la Ley para la disponibilidad de la plusvalía resultante, la cooperativa podrá destinarla, ya sea en un único ejercicio o en varios, conforme a lo establecido en los Estatutos sociales o, en su defecto, por acuerdo de la Asamblea General, a la actualización del valor de las aportaciones de los socios. Además de a la actualización de las aportaciones, esta plusvalía se podrá dedicar al incremento de los fondos de reserva, independientemente de que sean obligatorios o voluntarios, en la proporción que más conveniente sea para la propia cooperativa. Siempre que este incremento esté dentro de los límites que en cuanto a su disponibilidad establezca la norma reguladora de actualización de balances. Por último, si la cooperativa tuviera perdidas sin compensar, aplicando el artículo 49.2 de la Ley 27/1999 deberemos aplicar dicha plusvalía, en primer lugar, a la compensación de dichas pérdidas y el resto, si lo hubiere, se podría destinar a los fines anteriores, actualización de aportaciones o incremento de las reservas cooperativas.Legislación
Art. 49 Ley 27/1999 LGC. Actualización de las aportaciones.Equivalencia Normativa
Andalucía ................Artículo 59 Ley 14/2011Aragón ...................Artículo 52 D.L. 2/2014Islas Baleares ...........Artículo 74 Ley 1/2003Castilla La Mancha .......Artículo 80 Ley 11/2010Castilla y León ..........Artículo 64 Ley 4/2002Cataluña .................Artículo 72 Ley 12/2015Comunidad Valenciana .....Artículo 59 D.L. 2/2015Extremadura ..............Artículo 70 Ley 9/2018Galicia ..................Artículo 62 Ley 5/1998Comunidad de Madrid ......Artículo 51 Ley 2/2023Murcia ...................Artículo 69 Ley 8/2006Navarra ..................Artículo 46 Ley Foral 14/2006Euskadi ..................Artículo 64 Ley 11/2019La Rioja .................Artículo 65 Ley 4/2001Canarias .................Artículo 68 Ley 4/2022En Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
pero solo SuperContable te lo ofrece BIEN EXPLICADO.
Accede al resto del contenido aquí
Siguiente: Reembolso de las aportaciones de una cooperativa a sus socios.
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.