Artículo 36. Ley 27/1999, de 16 de Julio, General de Cooperativas

Normativa
Ley 27/1999, de 16 de julio, Ley de cooperativas

Artículo 36. Funcionamiento.




    1. Los Estatutos o, en su defecto, la Asamblea General, regularán el funcionamiento del Consejo Rector, de las comisiones, comités o comisiones ejecutivas que puedan crearse, así como las competencias de los consejeros delegados.

    2. Los consejeros no podrán hacerse representar.

    3. El Consejo Rector, previa convocatoria, quedará válidamente constituido cuando concurran personalmente a la reunión más de la mitad de sus componentes.

    4. Los acuerdos se adoptarán por más de la mitad de los votos válidamente expresados. Cada consejero tendrá un voto. El voto del Presidente dirimirá los empates.

    5. El acta de la reunión, firmada por el Presidente y el Secretario, recogerá los debates en forma sucinta y el texto de los acuerdos, así como el resultado de las votaciones.

    6. Los Estatutos podrán prever que los miembros del Consejo Rector puedan asistir y participar, a distancia, en sus reuniones y, en su caso, en las de las comisiones, comités y comisiones ejecutivas, existentes, por medios digitales, para lo cual la cooperativa deberá poner a su disposición los medios necesarios para el ejercicio de sus derechos. En este supuesto, deberán quedar garantizadas la identidad de las personas asistentes, la seguridad y el contenido de las comunicaciones, la transmisión bidireccional y en tiempo real de imagen y sonido, así como el mecanismo de ejercicio del derecho de voto y su confidencialidad.

NOTA: Redacción modificada (añade apartado 6) por Real Decreto-ley 29/2021, de 21 de diciembre.

Equivalencia Normativa



Andalucía ................Artículo 39 Ley 14/2011
Aragón ...................Artículo 39 D.L. 2/2014
Asturias .................Artículo 70 Ley 4/2010
                          Artículo 71 Ley 4/2010
Islas Baleares ...........Artículo 65 Ley 5/2023
Cantabria ................Artículo 47 Ley 6/2013
Castilla La Mancha .......Artículo 67 Ley 11/2010
Castilla y León ..........Artículo 44 Ley 4/2002
Cataluña .................Artículo 57 Ley 12/2015
Comunidad Valenciana .....Artículo 46 D.L. 2/2015
Extremadura ..............Artículo 52 Ley 9/2018
Galicia ..................Artículo 46 Ley 5/1998
Comunidad de Madrid ......Artículo 40 Ley 2/2023
Murcia ...................Artículo 52 Ley 8/2006
Navarra ..................Artículo 37 Ley Foral 14/2006
País Vasco ...............Artículo 48 Ley 11/2019
La Rioja .................Artículo 50 Ley 4/2001

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