Artículo 94. Ley 27/1999, de 16 de Julio, General de Cooperativas

Normativa
Ley 27/1999, de 16 de julio, Ley de cooperativas

Artículo 94. Objeto y ámbito.




    1. Son cooperativas de explotación comunitaria de la tierra las que asocian a titulares de derechos de uso y aprovechamiento de tierras u otros bienes inmuebles, susceptibles de explotación agraria, que ceden dichos derechos a la cooperativa y que prestan o no su trabajo en la misma, pudiendo asociar también a otras personas físicas que, sin ceder a la cooperativa derechos de disfrute sobre bienes, prestan su trabajo en la misma, para la explotación en común de los bienes cedidos por los socios y de los demás que posea la cooperativa por cualquier título, así como desarrollar las
actividades recogidas en el artículo 93.2 para las cooperativas agrarias.

    2. No obstante lo establecido en el número anterior, las cooperativas de explotación comunitaria de la tierra podrán realizar operaciones con terceros no socios con los límites que se establecen en el artículo 93.4 de la presente Ley.

    3. En las cooperativas de explotación comunitaria de la tierra, su ámbito, fijado estatutariamente, determinará el espacio geográfico en que los socios trabajadores de la cooperativa pueden desarrollar habitualmente su actividad cooperativizada de prestación de trabajo, y dentro del cual  han de estar situados los bienes integrantes de la explotación.

Equivalencia Normativa



Andalucía ................Artículo 102 Decreto 123/2014
Aragón ...................Artículo 81 D.L. 2/2014
Asturias .................Artículo 164 Ley 4/2010
Islas Baleares ...........Artículo 135 Ley 5/2023
                          Artículo 136 Ley 5/2023
Cantabria ................Artículo 108 Ley 6/2013
Castilla La Mancha .......Artículo 131 Ley 11/2010
Castilla y León ..........Artículo 108 Ley 4/2002
Cataluña .................Artículo 110 Ley 12/2015
Comunidad Valenciana .....Artículo 88 D.L. 2/2015
Extremadura ..............Artículo 153 Ley 9/2018
Galicia ..................Artículo 112 Ley 5/1998
Comunidad de Madrid ......Artículo 107 Ley 2/2023
Murcia ...................Artículo 117 Ley 8/2006
Navarra ..................Artículo 65 Ley Foral 14/2006
País Vasco ...............Artículo 114 Ley 11/2019
La Rioja .................Artículo 114 Ley 4/2001

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