2025 División 50. Transporte marítimo y por vías navegables interiores.

SECCIÓN H. TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO.

2025 50. Transporte marítimo y por vías navegables interiores.

    Esta división comprende el transporte marítimo y por vías navegables interiores de pasajeros o mercancías, sea regular o no, y sea por razones profesionales, personales o recreativas. Comprende también el transporte por remolque o impulso de barcazas, los barcos de excursión, turísticos o cruceros, los ferris, las embarcaciones taxi, etc. Aunque la ubicación es un factor para la separación entre transporte marítimo y transporte por vías navegables interiores, el factor principal es el tipo de embarcación que se utilice. El transporte en buques de altura se clasifica en los grupos 50.1 y 50.2, mientras que el transporte que utiliza otros tipos de embarcación se clasifica en los grupos 50.3 y 50.4.

    Esta división no comprende las actividades de servicio de bar y restaurante a bordo de embarcaciones, prestadas por unidades independientes al proveedor del servicio de transporte (véanse 56.11 y 56.30)

    Aquí encontramos:





Equivalencia CNAE-2009


- 50. Transporte marítimo y por vías navegables interiores.

Siguiente: 2025 Grupo 501. Transporte marítimo de pasajeros.

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos