Consulta IAE. Comercio al por menor de objetos y muebles usados: clasificación.

Consulta número 75 Fecha: 21 de noviembre de 1991  
Órgano: Dirección General de Coordinación con las Agencias Territoriales

NORMATIVA:
LEY 39/1988: Art. 86.1.
R.D. LEG. 1175/1990:


INSTRUCCIÓN:
Regla 8ª.

TARIFAS:
Epígrafes 653.1 y 659.9, ambos de la Sección 1ª.

TEMA

Comercio al por menor de objetos y muebles usados:   clasificación.


CUESTIÓN PLANTEADA


    La consultante desea saber la clasificación que le corresponde a la actividad de comercio al por menor de objetos y muebles usados.


CONTESTACIÓN


    1º. La actividad de comercio al por menor de toda dase de objetos usados no se encuentra recogida específicamente en las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobadas por el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por lo que, provisionalmente, de conformidad con lo dispuesto en la Regla 8ª de la Instrucción para la aplicación de las Tarifas del Impuesto, aprobada por el   citado Real Decreto 1175/1990, tal actividad se clasificará  en el Grupo o Epígrafe dedicado a las actividades no clasificadas en otras partes (n.c.o.p.) a las que por su naturaleza más se asemejen y tributará por la cuota correspondiente al Grupo o Epígrafe de que se trate.

    En consecuencia, la actividad de comercio al por menor de toda clase de objetos usados deberá clasificarse, provisionalmente, en el Epígrafe 659.9 de la Sección 1ª de las referidas Tarifas, que comprende el comercio al por menor de otros productos no especificados en esta Agrupación, excepto los que deban clasificarse en el Epígrafe 653.9.

    2º. Por el contrario, si los artículos usados objeto de la actividad de comercio al por menor son exclusivamente muebles, la actividad deberá clasificarse en el Epígrafe  653.1 de la Sección 1ª de las citadas Tarifas, que comprende el comercio al por menor de muebles (excepto los de oficina).



Siguiente: Consulta IAE. Colocación de rótulos adhesivos.

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos