División 60. Actividades de programación y emisión de radio y televisión.

SECCIÓN J. INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES.

2009 60. Actividades de programación y emisión de radio y televisión.

    Esta división comprende las actividades de creación de contenidos o adquisición de derechos de distribución de contenidos y, posteriormente, la emisión de tales contenidos, por ejemplo, radio, televisión y programas de datos de espectáculos, noticias, debates y similares. Comprende también emisión de datos, que suele estar integrada con la emisión radiofónica o televisiva. La emisión puede efectuarse utilizando distintas tecnologías: por ondas, por satélite, por cable o por Internet.

    Esta división comprende también la producción de programas por lo general limitados en su naturaleza (con un formato limitado, como noticias, deportes, educación y programas dirigidos a los jóvenes), en régimen de suscripción o de pago, a un tercero, para su emisión posterior al público.

    Esta división no comprende la distribución de programas por cable y otros tipos de programas por suscripción (véase 61).

    Aquí encontramos:

  1. J. INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES.
    1. 60. Actividades de programación y emisión de radio y televisión.
      1. 601. Actividades de radiodifusión.
      2. 602. Actividades de programación y emisión de televisión.




Equivalencia CNAE-2025


- 60. Actividades de programación, radiodifusión, agencias de noticias y otras actividades de distribución de contenidos.

Siguiente: Grupo 601. Actividades de radiodifusión.

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.

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