Grupo 699: Otros profesionales relacionados con el transporte y las comunicaciones n.c.o.p.
Cuota de: 216,47 euros.
Deben incluirse en este Epígrafe los siguientes profesionales:
- Piloto de aviones y avionetas.
- Piloto y operador de drones.
- Azafata de vuelo, auxiliar de vuelo, tripulación de cabina, sobrecargo cuando sean personas físicas que actúan como profesionales ejerciendo su actividad por cuenta propia.
- Capitán de barco.
- Consejeros de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas.
- Instalación de fontanería para la protección contra incendios.
Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Jurisprudencia y Doctrina
Consulta Vinculante V1279-24. Instalación de fontanería para la protección contra incendiosSiguiente: Epígrafe. Grupo 711 Actuarios de seguros. Actividades profesionales. Tarifa de IAE.
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