Bonificación por actividades de prestación de servicios públicos

BONIFICACION POR ACTIVIDADES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PUBLICOS



   Esta bonificación está regulada en el artículo 34 de la LIS y tienen una bonificación del 99% la parte de cuota íntegra que corresponda a las rentas derivadas de la prestación de servicios que sean competencias de las entidades locales, municipales o provinciales, excepto cuando se exploten por el sistema de empresa mixta o de capital íntegramente privado.

Dado que las entidades locales así como sus organismos autónomos están exentos del IS, únicamente serán las empresas con forma jurídica privada participadas al 100% por una entidad local y que presten los servicios especificados, las que podrán aplicar esta bonificación.


    Los servicios a los que será aplicable la bonificación serán los realizados en el marco de las siguientes materias, entre otras:
  1. Urbanismo.

  2. Medio ambiente urbano.

  3. Abastecimiento de agua potable.

  4. Infraestructura viaria.

  5. Policía local, protección civil, incendios.

  6. Tráfico.

  7. Ferias, abastos, mercados, etc...

  8. Cementerios y actividades funerarias.

  9. Promoción del deporte y la cultura.


Ejemplo

    La empresa JPSLU, participada al 100% por una entidad local, ha obtenido una base imponible de 750.000 Euros, de los cuales el 65% de las rentas obtenidas han sido por la actividad de prestación de sercicios de tratamiento de residuos en pequeños municipios de la provincia, dando derecho a la aplicación de la bonificación.

    Se pide el cálculo de la bonificación aplicable en la declaración del impuesto, sabiendo que tributa al 25% y que no hay más ajustes extracontables contables ni deducciones.

Solución

    En primer lugar, tendremos que calcular la cuota íntegra generada en el ejercicio:

      Cuota íntegra: 25% x 750.000 = 187.500 Euros

    Ahora tendremos que calcular la parte de la cuota íntegra que corresponde con la prestación de servicios públicos:

      Cuota íntegra por servicios públicos: 65% x 187.500 = 121.875 Euros

    Por último, tendremos que calcular el importe de la bonificación aplicable:

       Bonificación: 99% x 121.875 = 120.656,25 Euros

Cas568



200Instrucciones




Jurisprudencia y Doctrina



Consulta Vinculante 1768-21. Aplicación bonificación cuota íntegra prestación servicios locales.

Legislación



Artículo 34 Ley 27/2014 de la LIS. Bonificación por prestación de servicios públicos locales.
D.A. 9ª RDL 4/2004 del TRLIS. Reducción bonificación de actividades exportador.



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