BONIFICACION POR ACTIVIDADES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PUBLICOS
Esta bonificación está regulada en el artículo 34 de la LIS y tienen una bonificación del 99% la parte de cuota íntegra que corresponda a las rentas derivadas de la prestación de servicios que sean competencias de las entidades locales, municipales o provinciales, excepto cuando se exploten por el sistema de empresa mixta o de capital íntegramente privado.- Urbanismo.
- Medio ambiente urbano.
- Abastecimiento de agua potable.
- Infraestructura viaria.
- Policía local, protección civil, incendios.
- Tráfico.
- Ferias, abastos, mercados, etc...
- Cementerios y actividades funerarias.
- Promoción del deporte y la cultura.
Ejemplo
Solución
En primer lugar, tendremos que calcular la cuota íntegra generada en el ejercicio: Cuota íntegra: 25% x 750.000 = 187.500 EurosAhora tendremos que calcular la parte de la cuota íntegra que corresponde con la prestación de servicios públicos: Cuota íntegra por servicios públicos: 65% x 187.500 = 121.875 Euros
Por último, tendremos que calcular el importe de la bonificación aplicable: Bonificación: 99% x 121.875 = 120.656,25 Euros
200Instrucciones
Jurisprudencia y Doctrina
Consulta Vinculante 1768-21. Aplicación bonificación cuota íntegra prestación servicios locales.Legislación
Artículo 34 Ley 27/2014 de la LIS. Bonificación por prestación de servicios públicos locales.D.A. 9ª RDL 4/2004 del TRLIS. Reducción bonificación de actividades exportador.Siguiente: Consideración de personas o entidades vinculadas
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.