¿Qué conductas serán infracciones sancionables y cómo proceder?
La capacidad de la empresa de controlar y vigilar la actividad del trabajador emana del propio estatuto de los trabajadores. Particularmente, el artículo 20 se dedica a la dirección y control de la actividad laboral. La primera consecuencia de este poder de dirección es la obligación que se traslada al trabajador de realizar el trabajo convenido bajo la dirección del empresario o persona en quien este delegue, con la diligencia y la colaboración en el trabajo que marquen la Ley, los convenios colectivos y las órdenes o instrucciones adoptadas por aquel en el ejercicio de sus facultades de dirección y, en su defecto, por los usos y costumbres.¿Puede sancionarse a un ex-empleado?
La respuesta es SÍ aunque con una serie de matices. En primer lugar no sería la empresa quien sancionaría, lo haría el juzgado o tribunal, ante la interposición de una demanda de la empresa. En segundo lugar debe tratarse de una acción particularmente grave y culpable la que permita exigir responsabilidad a un antiguo empleado. Así lo confirma el Tribunal Supremo, en sentencia 1067/2024, de 23 de julio, en un supuesto en el que el ex trabajador acusó sin pruebas a la empresa de esclavizar a sus trabajadores y no pagarles en un foro de Internet. El Alto Tribunal entiende que estos comentarios despectivos vulneran el derecho al honor de la empresa agraviada y el antiguo empleado debe pagar a la empresa una indemnización de 5.000 euros.¿Qué otras precauciones debe tener la empresa a la hora de sancionar?
La principal de ellas es que la sanción sea adecuada con la infracción cometida. En caso contrario podrá ser anulada. Prueba de ello es la sentencia 403/2023 del TSJ de Madrid, en la que un trabajador fue despedido y posteriormente se declaró improcedente por desproporción de la sanción con la falta del empleado. En cualquier caso, el trabajador y el empresario se someterán en sus prestaciones recíprocas a las exigencias de la buena fe. El empresario podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad y teniendo en cuenta, en su caso, la capacidad real de los trabajadores con discapacidad. El empresario podrá verificar el estado de salud del trabajador que sea alegado por este para justificar sus faltas de asistencia al trabajo, mediante reconocimiento a cargo de personal médico. La negativa del trabajador a dichos reconocimientos podrá determinar la suspensión de los derechos económicos que pudieran existir a cargo del empresario por dichas situaciones.No olvide que:
Los trabajadores tienen derecho a la intimidad en el uso de los dispositivos digitales puestos a su disposición por el empleador, a la desconexión digital y a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y geolocalización en los términos establecidos en la legislación vigente en materia de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, tal como se regula en el artículo 20 bis del Estatuto de los Trabajadores.Casos Prácticos
Cómo redactar una carta de sanción al trabajador.Comentarios
La importancia del convenio colectivo a la hora de sancionar disciplinariamente a un trabajadorQué tipos de sanciones se pueden imponer a los trabajadores.Notificación de la sanción al trabajador.Cómo ejecutar correctamente la sanción y a qué materias no puede afectar.Los tribunales no pueden modificar las sanciones impuestas por la empresa.Manual sobre despido improcedente.Medidas de control que puede tomar el empresario y derecho a la desconexión digital.Jurisprudencia y Doctrina
Jurisprudencia sobre infracciones y sanciones al trabajadorLegislación
Art. 5. E.T. RD-Legis 2/2015. Deberes laborales.Art. 20. E.T. RD-Legis 2/2015. Dirección y control de la actividad laboral.Art. 54. E.T. RD-Legis 2/2015. Despido disciplinario.Art. 58 E.T. RD-Legis 2/2015. Faltas y sanciones de los trabajadores.Art. 60. E.T. RD-Legis 2/2015. Prescripción.Siguiente: ¿Cuándo y cómo se debe elaborar un expediente sancionador contradictorio?
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