LEY 4/2003, de 28 de Febrero, DE ASOCIACIONES DE CANARIAS.
FICHA NORMATIVA | |
Fecha de Publicación: | 01/04/2003 |
Entrada en vigor: | 01/04/2003 |
Normas complementarias: | ---- |
Última modificación: | 06/11/2014- |
Estado: | VIGENTE |
CAPÍTULO I.DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 1. Objeto.Artículo 2. Naturaleza.Artículo 3. Principios.Artículo 4. Régimen jurídico.Artículo 5. Constitución de la asociación. Artículo 6. Estatutos. Artículo 7. Denominación. Artículo 8. Domicilio social.Artículo 9. Duración. Artículo 10. Unión de asociaciones. Artículo 11. Responsabilidad frente a terceros.CAPÍTULO II.ASOCIADOS.
Artículo 12. Registro de asociados. Artículo 13. Derechos de los asociados. Artículo 14. El derecho de voto. Artículo 15. Deberes de los asociados.Artículo 16. Infracciones.Artículo 17. Sanciones. Artículo 18. Procedimiento disciplinario.CAPÍTULO III.ORGANIZACIÓN.
Sección 1. Asamblea Genaral.
Artículo 19. Órganos.Artículo 20. Competencias.Artículo 21. Convocatoria.Artículo 22. Adopción de acuerdos.Artículo 23. Impugnación de acuerdos.Sección 2. Órgano de Representación.
Artículo 24. Competencias y estructura.Artículo 25. Delegaciones.Artículo 26. Nombramiento y separación de sus miembros.Artículo 27. Responsabilidades.Artículo 28. Funcionamiento.Artículo 29. Documentación e impugnación de acuerdos.CAPÍTULO IV.DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN.
Artículo 30. Disolución.Artículo 31. Modos de disolución.Artículo 32. Liquidación.Artículo 33. Obligaciones de los liquidadores.CAPÍTULO V.INSCRIPCIÓN DE LA ASOCIACIÓN.
Artículo 34. Registro de Asociaciones.Artículo 35. Actos sujetos a inscripción.Artículo 36. Denegación de la inscripción.CAPÍTULO VI.RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN.
Artículo 37. Ámbito territorial.Artículo 38. Declaración de interés público.Artículo 39. Efectos de la declaración de interés público.Artículo 40. Promoción del asociacionismo y de la participación ciudadana.Artículo 41. Medidas de apoyo económico.Artículo 42. Obligaciones documentales de la asociación.Artículo 43. El Consejo Canario de Asociaciones.Artículo 44. Los consejos insulares de asociaciones.Artículo 45. Consejos Municipales de Asociaciones.DISPOSICIONES ADICIONALES
Disposición Adicional Primera.Asociaciones de Carácter Especial.Disposición Adicional Segunda.Asociaciones de Utilidad Pública.Disposición Adicional Tercera.Suspensión de Tasas.DISPOSICIONES DEROGATORIAS
Disposición Derogatoria.DISPOSICIONES FINALES
Disposición Final Primera.Adaptación de Estatutos.Disposición Final Segunda.Habilitación Reglamentaria.Disposición Final Tercera.Entrada en Vigor.Siguiente: Índice Ley 10/1990, de 15 de Octubre, del Deporte, Relativo a Asociaciones
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