2025 SECCIÓN B. INDUSTRIAS EXTRACTIVAS.
- Las industrias extractivas comprenden la extracción de minerales en su estado natural: sólidos (el carbón y los minerales metálicos), líquidos (el petróleo), o gaseosos (el gas natural). La extracción puede lograrse mediante diversos métodos como la minería subterránea o a cielo abierto, la explotación de pozos y la minería de los fondos marinos.
- el tratamiento subsiguiente de los minerales extraídos (véase la sección C)
- el uso de los materiales extraídos sin ulterior transformación para fines de construcción (véase la sección F)
- el embotellado de aguas naturales, minerales o de manantial en pozos y manantiales (véase 11.07)
- la descontaminación de minas (véase 39.00)
Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Equivalencia CNAE-2009
- B. INDUSTRIAS EXTRACTIVAS.Siguiente: 2025 División 05. Extracción de antracita, hulla y lignito.
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