2009 47. Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
- la venta de productos agrarios por el responsable de la explotación (véase 01)
- la fabricación y venta de mercancías, que está clasificada por lo general como fabricación en las divisiones 10-32
- la venta de vehículos de motor, motocicletas y sus repuestos (véase 45)
- el comercio de cereales, minerales, crudo de petróleo, productos químicos industriales, hierro y acero y la maquinaria y equipo industriales (véase 46)
- la venta de alimentos y bebidas para su consumo en el mismo local y venta de comida para llevar (véase 56)
- el alquiler de artículos de uso personal y doméstico al público en general (véase 77.2)
- G. COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; REPARACIÓN DE VEHÍCULOS DE MOTOR Y MOTOCICLETAS.
- 47. Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
- 471. Comercio al por menor en establecimientos no especializados.
- 472. Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco en establecimientos especializados.
- 473. Comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos especializados.
- 474. Comercio al por menor de equipos para las tecnologías de la información y las comunicaciones en establecimientos especializados.
- 475. Comercio al por menor de otros artículos de uso doméstico en establecimientos especializados.
- 476. Comercio al por menor de artículos culturales y recreativos en establecimientos especializados.
- 477. Comercio al por menor de otros artículos en establecimientos especializados.
- 478. Comercio al por menor en puestos de venta y en mercadillos.
- 479. Comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta ni en mercadillos.
- 47. Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Equivalencia CNAE-2025
- 47. Comercio al por menor.- 60. Actividades de programación, radiodifusión, agencias de noticias y otras actividades de distribución de contenidos.Siguiente: Grupo 471. Comercio al por menor en establecimientos no especializados.
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