Epígrafe 143.3 Almacenamiento de residuos radiactivos. Actividades empresariales. Actividades empresariales. Tarifas del IAE.

Actividades Empresariales

Epígrafe 143.3. Almacenamiento de residuos radiactivos.

Cuota de 31.102,38 euros. por cada Kw.

    Nota común a los Epígrafes 143.2 Y 143.3:

    Estos Epígrafes facultan para el desmantelamiento de instalaciones nucleares y para el transporte de los residuos radiactivos.

Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
  1. Desmantelar instalaciones nucleares
  2. Transportar residuos radioactivos.


NOTA común a la Sección Primera.

    De conformidad con lo dispuesto en la base cuarta del artículo 86.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, las cuotas consignadas en esta Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades empresariales, en los términos previstos en la regla 14.1.F de la Instrucción.



Correspondencia CNAE-2009



2446. Procesamiento de combustibles nucleares.
3822. Tratamiento y eliminación de residuos peligrosos

Anexos


Grupo 143. Transformación de minerales radiactivos y tratamiento y almacenamiento de residuos radiactivos.


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