Epígrafe 221.3 Semiproductos. Actividades empresariales. Tarifa del IAE.

Actividades Empresariales

Epígrafe 221.3. Semiproductos.

Cuota de 0,997680 euros por cada Kw.



NOTA común a la Sección Primera.

    De conformidad con lo dispuesto en la base cuarta del artículo 86.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, las cuotas consignadas en esta Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades empresariales, en los términos previstos en la regla 14.1.F de la Instrucción.




NOTA.

    Este grupo comprende la obtención de productos siderúrgicos laminados en caliente o en frío, y sus derivados, a partir de mineral de hierro como materia prima, mediante la utilización de hornos altos y acerías al oxígeno.
    Se incluyen en este grupo la obtención de arrabio, las ferroaleaciones de horno alto y las coquerías siderúrgicas que no puedan clasificarse por separado.
    A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarará las actividades concretas que ejerce según la clasificación contenida en los siguientes Epígrafes:



Correspondencia CNAE-2009



2410. Fabricación de productos básicos de hierro, acero y ferroaleaciones.


Anexos


Grupo 221. Siderurgia integral.

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