Epígrafe 231.1. Extracción de sustancias arcillosas.
Cuota de 1,622733 euros por cada Kw.
Nota: Este Epígrafe comprende la extracción de arcillas cerámicas y refractarias, margas, caolín y otras sustancias arcillosas, así como la pulverización, trituración, etc., que se realiza simultáneamente con la extracción.Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
- Prospectar e investigar una superficie con el fin de verificar la existencia de arcilla y la posible viabilidad de su explotación.
Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Correspondencia CNAE-2025
0812. Extracción de gravas y arenas y extracción de arcilla y caolín.0990. Actividades de apoyo a otras industrias extractivas.Correspondencia CNAE-2009
0812. Extracción de gravas y arenas; extracción de arcilla y caolín.0990. Actividades de apoyo a otras industrias extractivas.Anexos
Grupo 231. Extracción de materiales de construcción.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.