Epígrafe 252.2 Fabricación de plaguicidas. Actividades empresariales. Tarifa del IAE.

Actividades Empresariales

Epígrafe 252.2. Fabricación de plaguicidas.

Cuota de 28,427873 euros por cada Kw.

    Nota: Este Epígrafe comprende la fabricación de toda clase de plaguicidas de uso agrícola, tales como insecticidas agrícolas a base de productos orgánicos e inorgánicos; formulaciones para espolvoreo y pulverización (clorados, fosforados, carbamatos); formulaciones en granulado; fumigantes; acaricidas; nematicidas; fungicidas y desinfectantes de semillas; herbicidas; molusquicidas, etc.; los productos químicos de todas clases utilizados en ganaderías, así como los insecticidas y otros productos fitosanitarios de uso doméstico.


NOTA común a la Sección Primera.

    De conformidad con lo dispuesto en la base cuarta del artículo 86.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, las cuotas consignadas en esta Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades empresariales, en los términos previstos en la regla 14.1.F de la Instrucción.




Correspondencia CNAE-2009



2020. Fabricación de pesticidas y otros productos agroquímicos.

Anexos


Grupo 252. Fabricación de productos químicos destinados principalmente a la agricultura.

Siguiente: Epígrafe 253.1 Fabricación de gases comprimidos y de anhídrido carbónico solidificado (hielo seco). Tarifa del IAE.

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos