Epígrafe 254.2 Fabricación de especialidades y otros productos farmaceúticos.
Cuota de 9,706345 euros por cada Kw.
Nota: Este Epígrafe comprende la elaboración de especialidades farmacéuticas para uso de la medicina humana y especialidades farmacéuticas para uso de la medicina veterinaria y correctores de piensos, así como la fabricación de otros productos farmacéuticos (apósitos, gasa esterilizada, catgut, esparadrapo, reactivos para análisis, preparados galénicos, etc.).Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
- Fabricar, por medio de subcontratación a terceros, de sus especialidades farmacéuticas.
- Fabricar apósitos desechables.
- Fabricar soluciones para perfusión, tales como sueros y demás soluciones para uso medicinal.
Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Correspondencia CNAE-2025
2120. Fabricación de especialidades farmacéuticas.Correspondencia CNAE-2009
2120. Fabricación de especialidades farmacéuticas.Anexos
Grupo 254. Fabricación de productos farmacéuticos.Jurisprudencia y Doctrina
- Consulta nº 903. IAE. Fabricación y comercio al por mayor de apósitos. Locales afectosQueda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.