Epígrafe 315.1. Grandes calderas.
Cuota de 3,858498 euros por cada Kw.
Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
- Construir depósitos para líquidos o gases; tuberías de gran tamaño, secciones de calderas, calderas de vapor (multitubulares, semitubulares y otras); chimeneas, tanques metálicos, así como su instalación asociada si no puede clasificarse por separado de su construcción.
- Elaborar proyectos, cálculos y trabajos preparatorios o complementarios que resulten imprescindibles para la construcción del depósito proyectado exclusivamente.
- Instalar parques de almacenamiento siempre que el titular de la actividad construya los grandes depósitos o calderas que posteriormente instala.
Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Jurisprudencia y Doctrina
- Consulta nº 431. IAE. Fabricación e instalación de estructuras metálicas, depósitos, recipientes y envases metálicos.Correspondencia CNAE-2025
2521. Fabricación de radiadores, generadores de vapor y calderas para calefacción central.2522. Fabricación de otras cisternas, grandes depósitos y contenedores de metal.2821. Fabricación de hornos, quemadores y equipos de calefacción doméstica permanente.Correspondencia CNAE-2009
2521. Fabricación de radiadores y calderas para calefacción central.2529. Fabricación de otras cisternas, grandes depósitos y contenedores de metal.Anexos
Grupo 315. Construcción de grandes depósitos y calderería gruesa.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.