Epígrafe 316.5. Fabricación de cocinas, calentadores y aparatos domésticos de calefacción, no eléctricos.
Cuota de 3,173344 euros por cada Kw.
Nota: Este Epígrafe comprende la fabricación de cocinas, calentadores, estufas, braseros, radiadores y aparatos domésticos de calefacción de todas clases, sin acondicionamiento eléctrico.Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
- Fabricar aparatos domésticos no eléctricos.
Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Correspondencia CNAE-2025
2752. Fabricación de aparatos domésticos no eléctricos.2821. Fabricación de hornos, quemadores y equipos de calefacción doméstica permanente.2825. Fabricación de equipos de aire acondicionado no domésticos.Correspondencia CNAE-2009
2752. Fabricación de aparatos domésticos no eléctricos.2821. Fabricación de hornos y quemadores.Anexos
Grupo 316. Fabricación de herramientas y artículos acabados en metales con exclusión de material eléctrico.Siguiente: Epígrafe 316.6 Fabricación de mobiliario metálico. Actividades emrpesariales. Tarifa del IAE.
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.