Epígrafe 325.1. Construcción de máquinas y equipo para minería, construcción y obras públicas.
Cuota de 4,729965 euros por cada Kw.
Nota: Este Epígrafe comprende la construcción de maquinaria y equipo para las minas y canteras (maquinaria para sondeo, arranque y extracción; para prospección y extracción petrolífera; para lavado y preparación de minerales; equipos de seguridad y salvamento, etc.) y maquinaria y equipo para la construcción y obras públicas (excavadoras, apisonadoras, maquinaria para compactación y para construcción y conservación de carreteras, hormigoneras, explanadoras, etc.), así como la fabricación de piezas y accesorios para esta maquinaria.Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
- Fabricar maquinaria para la fabricación de materiales de construcción.
Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Correspondencia CNAE-2025
2830. Fabricación de maquinaria agraria y forestal.2892. Fabricación de maquinaria para las industrias extractivas y de la construcción.Correspondencia CNAE-2009
2892. Fabricación de maquinaria para las industrias extractivas y de la construcción.Anexos
Grupo 325. Construcción de máquinas y equipo para minería, construcción y obras públicas, siderurgia y fundición y de elevación y manipulación.Jurisprudencia y Doctrina
- Consulta nº 768. IAE.Diseño y suministro de equipos para la industria de manipulación y transporte de sólidosQueda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.