Epígrafe 325.4. Construcción de maquinaria de elevación y manipulación.
Cuota de 4,729965 euros por cada Kw.
Nota: Este Epígrafe comprende la construcción de maquinaria para levantar, izar y trasladar personas o materiales dentro de edificios, edificios, minas, establecimientos, estaciones, puertos, aeropuertos, etc., tales como construcción de ascensores, montacargas y escaleras mecánicas; vagonetas y tractores industriales; grúas rodantes, grúas puente y monocarril; transportadores mecánicos (de cinta, rodillos, cadenas, etc.); máquinas apiladoras basculadores de vagones, etc.; así como la fabricación de equipo, piezas y accesorios para esta maquinaria. Se incluye también en este epígrafe la construcción de teleféricos, funiculares y otro equipo de arrastre y remolque a base de cables, así como la fabricación de cabrias, cabrestrantes, gatos hidráulicos y neumáticos, etc.Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
- Elaborar proyectos, cálculos y trabajos preparatorios o complementarios que resulten imprescindibles para la construcción de la citada maquinaria.
Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Correspondencia CNAE-2025
2822. Fabricación de maquinaria de elevación y manipulación.Correspondencia CNAE-2009
2822. Fabricación de maquinaria de elevación y manipulación.Anexos
Grupo 325. Construcción de máquinas y equipo para minería, construcción y obras públicas, siderurgia y fundición y de elevación y manipulación.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.