Epígrafe 341.2. Hilos y cables aislados para el transporte de la electricidad.
Cuota de 5,913959 euros por cada Kw.
Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
- Fabricar hilos y cables eléctricos (conductores con funda de material aislante, esmaltados, con blindaje o protección especial, cables submarinos y subterráneos, hilos para bobinado, cables especiales para electrónica y alta frecuencia, etc.) e hilos y cables telefónicos y telegráficos (coaxiales y otros).
Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Correspondencia CNAE-2025
2731. Fabricación de cables de fibra óptica.2732. Fabricación de otros hilos y cables electrónicos y eléctricos.Correspondencia CNAE-2009
2731. Fabricación de cables de fibra óptica.2732. Fabricación de otros hilos y cables electrónicos y eléctricos.Anexos
Grupo 341. Fabricación de hilos y cables eléctricos.Siguiente: Epígrafe 341.3 Hilos y cables aislados para bobinas. Actividades empresariales. Tarifa del IAE.
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