Epígrafe 361.4. Otros vehículos automóviles.
Cuota de 2,554301 euros por cada Kw.
Nota: Este grupo comprende la construcción de motores para vehículos automóviles y la construcción de automóviles de turismo, camiones, tractocamiones, furgones, autocares, autobuses, trolebuses, vehículos ligeros todo terreno, vehículos automóviles para fines militares (excepto carros de combate y piezas de artillería autopropulsadas), ambulancias, coches fúnebres, de bomberos, coches patrulla, coches de carreras, etc., así como la fabricación de sus componentes.Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
- Obtener motores en buen estado de uso mediante operaciones diversas de transformación, rectificación y reconstrucción de motores destinados al transporte.
Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Correspondencia CNAE-2025
2910. Fabricación de vehículos de motor.Correspondencia CNAE-2009
2910. Fabricación de vehículos de motor.Anexos
Grupo 361. Construcción y montaje de vehículos automóviles y sus motores.Siguiente: Epígrafe 361.5 Motores para vehículos automóviles. Tarifa del IAE.
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