Epígrafe 389.1 Remolques agrícolas y vehículos de tracción animal. Actividades empresariales. Actividades empresariales. Tarifa del IAE.

Actividades Empresariales

Epígrafe 389.1. Remolques agrícolas y vehículos de tracción animal.

Cuota de 2,428089 euros por cada Kw.

    Nota: Este grupo comprende la construcción de otro material de transporte como cochecitos y sillas de niños, coches y sillas de inválidos sin sistema mecánico de propulsión, vehículos y trineos de tracción animal (carros y carretas, simones, tartanas, diligencias, etc.), carretillas y otros vehículos de mano, etc.; así como la fabricación de piezas y accesorios para este material.

Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
  1. Fabricar remolques agrícolas.

NOTA común a la Sección Primera.

    De conformidad con lo dispuesto en la base cuarta del artículo 86.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, las cuotas consignadas en esta Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades empresariales, en los términos previstos en la regla 14.1.F de la Instrucción.






Correspondencia CNAE-2009



2822. Fabricación de maquinaria de elevación y manipulación.
2830. Fabricación de maquinaria agraria y forestal.
3092. Fabricación de bicicletas y de vehículos para personas con discapacidad.
3099. Fabricación de otro material de transporte n.c.o.p..

Anexos


Grupo 389. Construcción de otro material de transporte ncop.

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