Epígrafe 423.1. Elaboración de café y té y sucedáneos de café.
Cuota de 15,926821 euros por cada kw.
Nota: Este Epígrafe comprende el tostado del café, elaboración de cafés solubles, descafeinados extractos de café y sucedáneos de café (achicorias, etc.), así como la elaboración de té, mate, manzanillas y otras hierbas y especies aromáticas para infusiones.Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
- Envasar hierbas y plantas aromáticas elaboradas mediante un proceso industrial.
- Comercio al por mayor y menor de los productos obtenidos.
- Torrefacción de café mediante un proceso industrial y comercio al por mayor y menor del producto obtenido.
- Tostar café mediante proceso industrial y venta al por menor o al por mayor del café tostado.
Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Correspondencia CNAE-2025
1083. Elaboración de café, té e infusiones.Correspondencia CNAE-2009
1083. Elaboración de café, té e infusiones.Anexos
Grupo 423. Elaboración de productos alimenticios diversos.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.