Epígrafe 424.1. Destilación y rectificación de alcoholes.
Cuota de 13,066003 euros por cada kw.
Nota: Este Epígrafe comprende la destilación y rectificación de alcohol etílico bruto procedente de la fermentación de productos agrícolas (remolacha, caña, frutas, cereales, etc.).Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Correspondencia CNAE-2025
1101. Destilación, rectificación y mezcla de bebidas alcohólicas.2014. Fabricación de otros productos básicos de química orgánica.2051. Fabricación de biocombustibles líquidos.Correspondencia CNAE-2009
1101. Destilación, rectificación y mezcla de bebidas alcohólicas.2014. Fabricación de otros productos básicos de química orgánica.Anexos
Grupo 424. Industrias de alcoholes etílicos de fermentación.Siguiente: Epígrafe 424.2 Obtención de aguardientes naturales. Actividades empresariales. Tarifa del IAE.
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.