Epígrafe 442.9 Fabricación de otros artículos de cuero N.C.O.P. Actividades empresariales. Tarifa del IAE.

Actividades Empresariales

Epígrafe 442.9. Fabricación de otros artículos de cuero N.C.O.P.

Cuota de 27,249889 euros por cada kw.

    Nota: Este epígrafe comprende la fabricación de artículos de cuero no especificados en otros epígrafes, tales como artículos de cuero para usos industriales (correas, tacos, tiratacos, etc.); artículos de guarnicionería (correajes, albardones, sillas de montar, látigos y fustas, etc.); artículos de botería (botas y corambres), talabartería, equipo militar, artículos de deporte, etc.; así como la fabricación de artículos a base de sucedáneos de cuero y repujado.

   Nota común al grupo 442. Los sujetos pasivos matriculados en este grupo que realicen las actividades comprendidas en el mismo con tres obreros como máximo, tributaran al 50 por 100 de la cuota asignada al epígrafe respectivo.


Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
  1. Fabricar taquería para joyería, bisuteria, ganchos, bustos, cuellos, barras, plafones, petos, almohadillas, expositores, bandejas, relojeras, gavetas, piperos para fumador, separadores, escalerillas, frentes,modulos acabados en cuero.


NOTA común a la Sección Primera.

    De conformidad con lo dispuesto en la base cuarta del artículo 86.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, las cuotas consignadas en esta Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades empresariales, en los términos previstos en la regla 14.1.F de la Instrucción.




Correspondencia CNAE-2009



1512. Fabricación de artículos de marroquinería, viaje y de guarnicionería y talabartería.
3230. Fabricación de artículos de deporte.
3299. Otras industrias manufactureras n.c.o.p.

Anexos


Grupo 442. Fabricación de artículos de cuero y similares.

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