Epígrafe 493.3. Copias cinematográficas y ampliaciones.
Cuota de 6,412799 euros por cada kw.
Nota: Este grupo comprende el revelado de películas fotográficas y cinematográficas de forma industrial, así como la tirada de copias y las ampliaciones. No se incluyen en este grupo los fotógrafos que revelan ellos mismos sus películas fotografías, fotografía automática, aérea, industrial, publicitaria y de prensa.Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
- Revelado de negativos e impresión fotográfica.
Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Correspondencia CNAE-2025
1812. Otras actividades de impresión y artes gráficas.5912. Actividades de posproducción cinematográfica, de vídeo y de programas de televisión.7420. Actividades de fotografía.Correspondencia CNAE-2009
5912. Actividades de postproducción cinematográfica, de vídeo y de programas de televisión.7420. Actividades de fotografía.Anexos
Grupo 493. Laboratorios fotográficos y cinematográficos.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.