Epígrafe 616.5. Comercio al por mayor de petróleo y lubricantes.
Cuota de 385,67 euros.
Nota: Este epígrafe comprende el comercio al por mayor de petróleo crudo y productos procedentes del refino de petróleo (gasolina, aceite ligero, fuel-oil, lubricantes, gases licuados de petróleo, etc.).Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
- Vender desde un deposito fiscal de combustible para aeronaves.
- Venta de productos petrolíferos realizada por una entidad a sus clientes siendo los titulares de las estaciones de servicios de terceros quienes venden el producto a esos clientes en esas gasolineras de terceros.
- Venta de anticongelantes para uso de la automoción.
- Comercio menor de gasóleo y combustible comercializado al por mayor.
Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Correspondencia CNAE-2009
4671. Comercio al por mayor de combustibles sólidos, líquidos y gaseosos, y productos similares.Anexos
Grupo 616. Comercio al por mayor interindustrial de la minería y química.Comentarios
Epígrafe de comercio al por menor ¿Me faculta para vender esporádicamente como mayorista?Jurisprudencia y Doctrina
- Consulta nº 170. IAE.Comercio al por mayor y menor de gasóleos.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.