Epígrafe 654.1. Comercio al por menor de vehículos terrestres.
Cuota mínima municipal de: | |
En poblaciones de más de 500.000 habitantes: | 304,8 Euros |
En poblaciones de más de 100.000 hasta 500.000 habitantes: | 242,60 Euros |
En poblaciones de más de 40.000 hasta 100.000 habitantes: | 180,39 Euros |
En poblaciones de más de 10.000 hasta 40.000 habitantes: | 136,85 Euros |
En las poblaciones restantes: | 87,09 Euros |
Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
- Vender automóviles, furgonetas, motos eléctricas, vehículos sin local, motos antiguas de colección, patinetes eléctricos.
- Vender vehículos en exposición abierta al público y mediante catálogo, mediante comisión por sus ventas.
- Vender máquinas autopropulsadas para la limpieza viaria que sean vehículos.
- Vender artículos, herramientas y maquinaria para talleres de reparación de vehículos terrestres.
- Comercio de motocicletas y bicicletas (también usadas), así como accesorios como prendas deportivas, cascos protectores, gafas de sol, guantes.
- Vender remolques para uso en automóviles con masa máxima autorizada sea superior a 750 kilogramos.
- Intermediación para la importación de vehículos.
Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Correspondencia CNAE-2009
4511. Venta de automóviles y vehículos de motor ligeros.Anexos
Grupo 654. Comercio al por menor de vehículos terrestres, aeronaves y embarcaciones y de maquinaria, accesorios y piezas de recambio.Comentarios
Epígrafe de comercio al por menor ¿Me faculta para vender esporádicamente como mayorista?Jurisprudencia y Doctrina
Consulta Vinculante V1041-24. Intermediación para la importación de vehículos desde Alemania.Consulta vinculante V0224-24. Pagar cuota nacional exime de pagar cuotas provinciales o municipales.Consulta Vinculante V0643-22. Epígrafe para venta de patinetes eléctricos y piezas de recambio. Consulta nº 506. IAE. Distinción entre agente comercial y comerciante. Comercio al por menor de vehículos terrestres.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.