Epígrafe 731.1 Transporte marítimo internacional de pasajeros. Actividades Empresariales. Tarifa del IAE.

Actividades Empresariales

Epígrafe 731.1. Transporte marítimo internacional de pasajeros.

Cuota nacional de : 3,239455 Eurospor cada buque y plaza del pasaje que tengan señalados los mismos.

    Nota común al grupo 731:

    Cuando en un mismo barco se realice el transporte mixto de viajeros y mercancías se tributarán independientemente por cada actividad, deduciendo de la capacidad total de transporte de mercancías la correspondiente al equipaje que reglamentariamente se asigne a cada una de las plazas de que conste la embarcación.


Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
  1. Reservar plazas y vender anticipadamente billetes, servicios combinados de enlaces, facturación y despacho de mercancías, servicios de reclamaciones, etc.


NOTA común a la Sección Primera.

    De conformidad con lo dispuesto en la base cuarta del artículo 86.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, las cuotas consignadas en esta Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades empresariales, en los términos previstos en la regla 14.1.F de la Instrucción.



Correspondencia CNAE-2009



5010. Transporte marítimo de pasajeros.

Anexos


Grupo 731. Transporte marítimo internacional (excepto de crudos y gases).

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