Epígrafe 769.3 Servicios de telecomunicación por medio de satélites artificiales. Otros servicios de telecomunicación. Actividades Empresariales. IAE

Actividades Empresariales

Epígrafe 769.3. Servicios de telecomunicación por medio de satélites artificiales.

Cuota nacional de: 207,04 euros por cada 1.000 abonados o fracción.

Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
  1. Emitir contenidos de carácter publicitario a través de internet.
  2. Transmitir señales de televisión por cables coaxiales desde el punto de recepción hasta los televisores de abonados.
  3. Telecomunicación por cable.
  4. Alquiler de servidores que son arrendados a empresas, es decir los servidores son arrendados por el contribuyente que suscribe contratos de servicios y cobra una cantidad por la prestación de un servicio de telecomunicación.


NOTA común a la Sección Primera.

    De conformidad con lo dispuesto en la base cuarta del artículo 86.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, las cuotas consignadas en esta Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades empresariales, en los términos previstos en la regla 14.1.F de la Instrucción.





Correspondencia CNAE-2025


6020. Actividades de programación de televisión, emisión y distribución de vídeos.
6110. Actividades de telecomunicación por cable, inalámbricas y por satélite.
6120. Actividades de reventa de telecomunicaciones y servicios de intermediación para telecomunicaciones.
6190. Otras actividades de telecomunicaciones.

Correspondencia CNAE-2009


6020. Actividades de programación y emisión de televisión.
6110. Telecomunicaciones por cable.
6120. Telecomunicaciones inalámbricas.
6130. Telecomunicaciones por satélite.
6190. Otras actividades de telecomunicaciones.

Anexos


Grupo 769. Otros servicios de telecomunicación.

Siguiente: Epígrafe 769.9 Otros servicios privados de telecomunicación N.C.O.P. Otros servicios de telecomunicación. Actividades Empresariales. Tarifa del IAE.

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos