Epígrafe 854.1. Alquiler de automóviles sin conductor. Actividades Empresariales. Tarifa del IAE.

Actividades Empresariales

Epígrafe 854.1.  Alquiler de automóviles sin conductor.

    
Por cada automóvil:
 
Cuota mínima municipal de :7,158054 Euros
Cuota provincial de:24,881901 Euros
Cuota nacional de:31,102376 Euros
    Nota: este grupo no incluye el alquiler de vehículos sin conductor, en régimen de renting.


Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
  1. Alquiler de vehículo propio a otro conductor, alquileres entre particulares.
  2. Alquiler de vehículos antiguos.
  3. Alquiler de motocicletas a pilotos para campeonatos y competiciones.


NOTA común a la Sección Primera.

    De conformidad con lo dispuesto en la base cuarta del artículo 86.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, las cuotas consignadas en esta Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades empresariales, en los términos previstos en la regla 14.1.F de la Instrucción.




Correspondencia CNAE-2009



7711. Alquiler de automóviles y vehículos de motor ligeros.

Anexos


Grupo 854. Alquiler de automóviles sin conductor.

Jurisprudencia



Consulta Vinculante V0715-20. Calificación por arrendamiento de maquinaria para diversos usos.
Consulta Vinculante V3040-16. Consideración de automóviles como elemento tributario para la cuota.
Consulta Vinculante V5282-16. % para la tarifa por vehículo cuya utilidad se comparte entre una UTE.
Consulta nº 446. IAE. Declaraciones de variación de empresas que alquilan vehículos sin conductor.
Consulta nº 570. IAE. Consideración de los establecimientos de contratación de la actividad de alquiler de vehículos sin conductor como locales a efectos del impuesto.
Consulta nº 656. IAE. Alquiler de motocicletas y ciclomotores.
Consulta nº 814. IAE. Repartidor de mercancías que trabaja en régimen de dependencia laboral.


Siguiente: Epígrafe 854.2. Alquiler de automóviles sin conductor en régimen de "renting". Actividades Empresariales. Tarifa del IAE.

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos