Epígrafe 969.7. Otras máquinas automáticas.
Por cada máquina, con independencia del lugar en que se encuentre funcionando: | |
Cuota Mínima Municipal de: | 4,357338 euros por máquina.Esta cuota la satisfará, exclusivamente, el titular del establecimiento o local en el cuál la máquina esté instalada. |
Cuota nacional de: | 6,220475 euros por máquina.Esta cuota la satisfará, exclusivamente, el propietario de las máquinas. |
Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
- Cajeros automático (son maquinas automáticas no son entidades ni establecimientos)
- Recibir apuestas deportivas por medio de máquinas auxiliares en salón de juego.
- Prestar servicios de Internet a través de terminales de ordenador conectados a Internet.
- Recargar teléfonos móviles a través de máquinas expendedoras automáticas.
- Lavandería en régimen de autoservicio a través de máquinas automáticas.
- Estampar, troquelar, grabar, copiar, imprimir y reproducir mediante máquinas automáticas.
- Prestar servicios bancarios mediante cajeros automáticos instalados en oficinas bancarias y fuera de ellas.
- Explotar máquinas tipo "grúa"(máquina que expende automáticamente una bola que puede maniobrar mecánicamente un gancho para poder obtener un obsequio adicional).
- Prestar servicios de compra-venta de BITCOINS a través de máquinas automáticas.
- Alquiler de películas de vídeo con máquinas automáticas.
Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Correspondencia CNAE-2025
8425. Servicios de protección de incendios.9311. Gestión de instalaciones deportivas.9312. Actividades de los clubes deportivos.9319. Actividades deportivas n.c.o.p.9329. Actividades recreativas y de entretenimiento n.c.o.p.Correspondencia CNAE-2009
9329. Otras actividades recreativas y de entretenimiento.Anexos
Grupo 969. Otros servicios recreativos ncop.Jurisprudencia y Doctrina
Consulta nº 730. IAE.Tributación de los aparatos de medición instalados en oficinas de farmacia.Consulta nº 731. IAE.Máquinas automáticas instaladas en farmacias para la medición de peso, altura,Siguiente: Epígrafe 973.1 Servicios fotográficos. Actividades Empresariales. Tarifa del IAE.
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.