Epígrafe 981.3. Parques de atracciones, incluidos los acuáticos y análogos, de carácter estable. Actividades Empresariales. Tarifa del IAE.

Actividades Empresariales

Epígrafe 981.3.  Parques de atracciones, incluidos los acuáticos y análogos, de carácter estable.

Cuota de 54,740182 euros. por cada atracción.

    Nota: En aquellos parques de atracciones que permanezcan abiertos menos de ocho meses al año, su cuota será el 70 por ciento de la señalada en este epígrafe.


Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
  1. Pista de patinaje sobre hielo.


NOTA común a la Sección Primera.

    De conformidad con lo dispuesto en la base cuarta del artículo 86.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, las cuotas consignadas en esta Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades empresariales, en los términos previstos en la regla 14.1.F de la Instrucción.




Correspondencia CNAE-2009



9321. Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos.

Anexos


Grupo 981. Jardines, parques de recreo o de atracciones y acuáticos y pistas de patinaje.

Jurisprudencia



- Consulta nº 693. IAE.Pistas de Karts. Alquiler de artículos para deporte en instalaciones deportivas.

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