TRANSMISIÓN DE LAS APORTACIONES COOPERATIVAS
Las aportaciones podrán transmitirse, de acuerdo a lo establecido en el artículo 50 de la Ley 27/1999, de dos formas distintas:- Transmisión de aportaciones por actos "inter vivos": esta transmisión únicamente podrá hacerse a otros socios de la cooperativa o a todas aquellas personas que se comprometan a adquirir la condición de socio en el plazo de los tres meses siguientes a la transmisión, quedando está condicionada al cumplimiento del anterior requisito.Además, se deberá respetar el limite recogido en el artículo 45.6 de la Ley 27/1999, el cual dice que el importe de las aportaciones de cada socio no podrá superar de un tercio del capital social en las cooperativas de primer grado.
- Transmisión de aportaciones por sucesión "mortis causa": a las personas físicas o jurídicas que sustituyan al socio fallecido, si fuesen socios. Si no lo fueran , previa admisión con la conformidad de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 27/1999, deberán solicitar esta admisión en el plazo de seis meses desde el fallecimiento. En otro caso, tendrán derecho a la liquidación del crédito correspondiente a la aportación social.
Legislación
Art. 50 Ley 27/1999 LGC. Transmisión de las aportaciones.Equivalencia Normativa
Andalucía ................Artículo 61 Ley 14/2011Aragón ...................Artículo 54 D.L. 2/2014Islas Baleares ...........Artículo 89 Ley 5/2023Castilla La Mancha .......Artículo 81 Ley 11/2010Castilla y León ..........Artículo 65 Ley 4/2002Cataluña .................Artículo 75 Ley 12/2015Comunidad Valenciana .....Artículo 60 D.L. 2/2015Extremadura ..............Artículo 71 Ley 9/2018Galicia ..................Artículo 63 Ley 5/1998Comunidad de Madrid ......Artículo 52 Ley 2/2023Murcia ...................Artículo 70 Ley 8/2006Navarra ..................Artículo 48 Ley Foral 14/2006Euskadi ..................Artículo 65 Ley 11/2019La Rioja .................Artículo 66 Ley 4/2001Canarias .................Artículo 69 Ley 4/2022Jurisprudencia y Doctrina
Consulta vinculante V1735-23. Reglas determinación del valor de transmisión de participaciones de una cooperativa.Consulta vinculante V0739-22. Tributación en IRPF de la transmisión de participaciones.Siguiente: Actualización de las aportaciones de una cooperativa
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