Epígrafe 143.1 Transformación de minerales radiactivos. Actividades empresariales. Tarifa del IAE.

Actividades Empresariales

Epígrafe 143.1. Transformación de minerales radiactivos.

Cuota de 10,517712 euros por cada Kw.

Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
  1. Descontaminar residuos radiactivos.


NOTA común a la Sección Primera.

    De conformidad con lo dispuesto en la base cuarta del artículo 86.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, las cuotas consignadas en esta Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades empresariales, en los términos previstos en la regla 14.1.F de la Instrucción.



Correspondencia CNAE-2009



2013. Fabricación de otros productos básicos de química inorgánica.
2446. Procesamiento de combustibles nucleares.
3822. Tratamiento y eliminación de residuos peligrosos.

Anexos


Grupo 143. Transformación de minerales radiactivos y tratamiento y almacenamiento de residuos radiactivos.

Siguiente: Epígrafe 143.2 Tratamiento de residuos radiactivos. Actividades empresariales. Tarifas del IAE.

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