Epígrafe 143.2 Tratamiento de residuos radiactivos. Actividades empresariales. Tarifas del IAE.

Actividades Empresariales

Epígrafe 143.2. Tratamiento de residuos radiactivos.

Cuota de 8,149724 euros por cada Kw.

Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
  1. Desmantelar instalaciones nucleares
  2. Transportar residuos radioactivos.


NOTA común a la Sección Primera.

    De conformidad con lo dispuesto en la base cuarta del artículo 86.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, las cuotas consignadas en esta Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades empresariales, en los términos previstos en la regla 14.1.F de la Instrucción.





Correspondencia CNAE-2025


2446. Procesamiento de combustibles nucleares.
3812. Recogida de residuos peligrosos.
3822. Valorización energética.
3823. Otra valorización de residuos.
3831. Incineración sin valorización energética.
3832. Depósito en vertederos o almacenamiento permanente.
3833. Otra eliminación de residuos.

Correspondencia CNAE-2009


2446. Procesamiento de combustibles nucleares.
3812. Recogida de residuos peligrosos.
3822. Tratamiento y eliminación de residuos peligrosos.


Anexos


Grupo 143. Transformación de minerales radiactivos y tratamiento y almacenamiento de residuos radiactivos.

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