Epígrafe 224.1 Alambre de acero. Actividades empresariales. Tarifa del IAE.

Actividades Empresariales

Epígrafe 224.1. Alambre de acero.

Cuota de 1,244095 euros por cada Kw.

Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
  1. Estirado en frío del acero.
  2. Laminación de perfiles por conformación
  3. Plegado en frío de productos planos de acero y trefilado del acero.


NOTA común a la Sección Primera.

    De conformidad con lo dispuesto en la base cuarta del artículo 86.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, las cuotas consignadas en esta Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades empresariales, en los términos previstos en la regla 14.1.F de la Instrucción.




NOTA.

     Este grupo comprende el estirado en frío del acero; laminación en frío del fleje de acero; laminación de perfiles por conformación o plegado en frío de productos planos de acero y trefilado del acero.
    A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarará las actividades concretas que ejerce según la clasificación contenida en los Epígrafes comentados.



Jurisprudencia



- Consulta nº 971. IAE. Simultaneidad.           

Correspondencia CNAE-2009



2410. Fabricación de productos básicos de hierro, acero y ferroaleaciones.
2434. Trefilado en frío.

Anexos


Grupo 224. Trefilado, estirado, perfilado, laminado en frío del acero.

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