Epígrafe 247.4 Fabricación de vajillas, artículos del hogar y objetos de adorno de material cerámico. Actividades empresariales. Tarifa del IAE.

Actividades Empresariales

Epígrafe 247.4. Fabricación de vajillas, artículos del hogar y objetos de adorno de material cerámico

Cuota de 7,656894 euros por cada Kw.

    Nota: Este Epígrafe comprende la fabricación de objetos de barro (alfarería), loza ordinaria, mayólica y fina, porcelana (blanca o coloreada), gres y otro material cerámico para vajillas, artículos del hogar y objetos de decoración.

Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
  1. Decorar cerámica
  2. Cerámica artística

NOTA común a la Sección Primera.

    De conformidad con lo dispuesto en la base cuarta del artículo 86.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, las cuotas consignadas en esta Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades empresariales, en los términos previstos en la regla 14.1.F de la Instrucción.




Correspondencia CNAE-2009



2341. Fabricación de artículos cerámicos de uso doméstico y ornamental.

Anexos


Grupo 247. Fabricación de productos cerámicos.

Jurisprudencia



- Consulta nº 238. IAE. Fabricación de cerámica artística: potencia instalada, número de obreros y superficie.

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