Epígrafe 372.2. Servicios de desguace de buques, embarcaciones y artefactos flotantes.
Cuota de 1,929249 euros por cada Kw.
Nota: Este grupo comprende la reparación y mantenimiento de embarcaciones de todas clases, así como el desguace de las mismas.Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
- Pintar embarcaciones.
- Mantener, conservar y reparar buques, así como de sus equipos o instalaciones tales como sustituir tubos, reemplazar las piezas deterioradas de pequeño porte fabricadas, reparar barandillas de protección fabricadas con tubo, mantenimiento del cierre de una puerta en aquellos municipios en los que disponga de establecimiento o local.
Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Contabilidad de los gastos de constitución de la sociedad. - Caso práctico de contabilidad de constitución de sociedad con aportaciones dinerarias y no dinerarias. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Correspondencia CNAE-2009
3315. Reparación y mantenimiento naval.3831. Separación y clasificación de materiales.Anexos
Grupo 372. Reparación de mantenimiento de buques.Siguiente: Epígrafe 381.1 Material ferroviario. Actividades empresariales. Tarifa del IAE.
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