Epígrafe 416.2. Productos residuales de la preparación y conservación de pescado y otros productos marinos.
Cuota de 2,241775 euros por cada kw.
Nota: Este grupo comprende la congelación rápida de peces, crustáceos, etc.; conservación mediante envasado y esterilización (en aceite, en escabeche, al natural, en salsas, incluso platos preparados cuyo principal componente sea el pescado); elaboración de salazones y escabeches; secado, ahumado, prensado, etc. de pescados, así como la preparación, conservación y envase de otros productos marinos y de agua dulce (caviar, huevos de esturión, ranas, salmónidos, algas, etc.). Se incluye en este grupo la actividad de los barcos-factoría que no se dedican simultáneamente a la pesca.Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Correspondencia CNAE-2009
1021. Procesado de pescados, crustáceos y moluscos. 1022. Fabricación de conservas de pescado.1085. Elaboración de platos y comidas preparados.Anexos
Grupo 416. Fabricación de conservas de pescado y otros productos marinos.Siguiente: Epígrafe 417.1 Fabricación de harinas y sémolas. Actividades empresariales. Tarifa del IAE.
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