Epígrafe 419.2 Industrias de la bollería, pastelería y galletas. Acttividades empresariales. Tarifa del IAE.

Actividades Empresariales

Epígrafe 419.2. Industrias de la bollería, pastelería y galletas.

Cuota de 7,716995 euros por cada kw.

    Nota: Este Epígrafe comprende la elaboración de bollos, galletas, pasteles, tartas, pastas, bizcochos, etc.


Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
  1. Elaborar láminas de impresión con productos edulcorantes para decoración de tartas.

NOTA común a la Sección Primera.

    De conformidad con lo dispuesto en la base cuarta del artículo 86.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, las cuotas consignadas en esta Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades empresariales, en los términos previstos en la regla 14.1.F de la Instrucción.






Correspondencia CNAE-2009



1071. Fabricación de pan y de productos frescos de panadería y pastelería.
1072. Fabricación de galletas y productos de panadería y pastelería de larga duración.

Anexos



Grupo 419. Industrias del pan, bollería, pastelería y galletas.

- Índices o módulos epígrafe 419.2 en Régimen Especial Simplificado de IVA.
- Índices o módulos epígrafe 419.2 en Régimen de estimación objetiva de IRPF.

Jurisprudencia y Doctrina



Consulta nº 40. IAE.Cómputo del número de obreros y de elemento superficie en determinados casos.
Consulta nº 195. IAE.Tributación de la explotación de colmenas, así como de la venta menor de láminas de cera
Consulta nº 202. IAE.Pastelería y confitería



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