Epígrafe 436.2. Textiles teñidos.
Cuota de 5,727645 euros por cada kw.
Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
- Transformar y acabado de prendas textiles cuando las prendas han sido adquiridas previamente por el titular de la misma con el objeto de transformarlas.
- Impregnar químicamente sobre productos textiles.
- Aclarar las prendas textiles con chorro de arena realizado en cabina con equipo de extracción de humos.
- Teñir hilos de algodón
- Estampar nombres o dibujos en prendas de vestir.
Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Correspondencia CNAE-2025
1330. Acabado de textiles.Correspondencia CNAE-2009
1330. Acabado de textiles.Anexos
Grupo 436. Acabado de textiles.Siguiente: Epígrafe 436.3 Textiles estampados. Actividades empresariales. Tarifa del IAE.
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