Epígrafe 442.2 Fabricación de guantes de piel. Actividades empresariales. Tarifa del IAE.

Actividades Empresariales

Epígrafe 442.2. Fabricación de guantes de piel.

Cuota de 34,029305 euros por cada kw.

    Nota: Este epígrafe comprende la fabricación de guantes y mitones de piel para vestir, para protección y guantes especiales para deportes.

   Nota común al grupo 442. Los sujetos pasivos matriculados en este grupo que realicen las actividades comprendidas en el mismo con tres obreros como máximo, tributaran al 50 por 100 de la cuota asignada al epígrafe respectivo.

Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
  1. Fabricar guantes de protección de piel.


NOTA común a la Sección Primera.

    De conformidad con lo dispuesto en la base cuarta del artículo 86.1 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, las cuotas consignadas en esta Sección se completarán con la cantidad que resulte de aplicar el elemento tributario constituido por la superficie de los locales en los que se realicen las actividades empresariales, en los términos previstos en la regla 14.1.F de la Instrucción.




Correspondencia CNAE-2009



1419. Confección de otras prendas de vestir y accesorios.
3230. Fabricación de artículos de deporte.

Anexos


Grupo 442. Fabricación de artículos de cuero y similares.

Siguiente: Epígrafe 442.9 Fabricación de otros artículos de cuero N.C.O.P. Actividades empresariales. Tarifa del IAE.

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