Epígrafe 442.2. Fabricación de guantes de piel.
Cuota de 34,029305 euros por cada kw.
Nota: Este epígrafe comprende la fabricación de guantes y mitones de piel para vestir, para protección y guantes especiales para deportes. Nota común al grupo 442. Los sujetos pasivos matriculados en este grupo que realicen las actividades comprendidas en el mismo con tres obreros como máximo, tributaran al 50 por 100 de la cuota asignada al epígrafe respectivo.Deben ser incluidas en este Epígrafe las siguientes actividades:
- Fabricar guantes de protección de piel.
Otros documentos de interés
- Declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). - Tarifa plana de autónomos que inician actividad. - Bonificaciones y Reducciones de la cuota de cotización de autónomos. - Régimen de la Seguridad Social y forma de retribución de socios y administradores. - Obligaciones del autónomo: calendario fiscal y laboral. - Obligaciones contables y registrales del titular de una Actividad Económica en el IRPF.Correspondencia CNAE-2025
1410. Confección de prendas de vestir de punto.1421. Confección de prendas de vestir exteriores.1422. Confección de ropa interior.1429. Confección de otras prendas de vestir y accesorios n.c.o.p.3230. Fabricación de artículos de deporte.3299. Otras industrias manufactureras n.c.o.p.Correspondencia CNAE-2009
1419. Confección de otras prendas de vestir y accesorios.3230. Fabricación de artículos de deporte.Anexos
Grupo 442. Fabricación de artículos de cuero y similares.Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.